• Desestima el recurso de Unidos Podemos contra la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil
  • El TC considera que el texto no vulnera el derecho de inviolabilidad del domicilio ni a una vivienda digna

Los Mossos desalojan un edificio ocupado en Barcelona el pasado mes de febrero.

EFE/ Enric Fontcuberta

El Tribunal Constitucional (TC) ha avalado la ley que establece medidas rápidas para recuperar las viviendas ocupadas ilegalmente agilizando los desalojos al estimar que "no vulnera el derecho a la inviolabilidad del domicilio ni a una vivienda digna".

De este modo, el TC desestima el recurso de inconstitucionalidad que habían presentado más de 50 diputados del grupo parlamentario Unidos Podemos contra la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil del pasado año en relación con la ocupación de viviendas ilegales.

Según este recurso, la ley vulnera "el derecho a la inviolabilidad del domicilio y a disfrutar de una vivienda digna y adecuada, porque hace posible ejecutar un desalojo forzoso de la vivienda sin alternativa habitacional y sin permitir a los órganos judiciales valorar las concretas circunstancias concurrentes en cada caso".

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Ollero, señala, sin embargo, que "la decisión judicial de proceder al desalojo de los ocupantes que puede adoptarse en el proceso para la recuperación de la posesión de la vivienda" instituido por la reforma legal "no constituye una violación del derecho a la inviolabilidad del domicilio".

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Aclara que este precepto "no garantiza un derecho fundamental sino que enuncia un principio rector de la política social y económica".

El TC entiende que la reforma recurrida no contraviene el mandato de la Constitución de interpretar las normas relativas a los derechos y libertades conforme a la Declaración Universal de Derechos Humanos y los acuerdos y tratados internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.

En este punto la sentencia recuerda que "la prohibición de desalojos forzosos a la que se refiere Naciones Unidas no se aplica a los efectuados legalmente" en un "proceso con las debidas garantías".

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