• No aprecia homicidio por imprudencia en la atención que le dio a la migrante congoleña Samba Martine
  • Señala sin embargo el "peso muy relevante" que tuvieron las omisiones de otras personas en su fallecimiento

Concentración por muerte de la congoleña Samba Martine en el CIE de Aluche.

EFE

EFE / Emilio Naranjo

El Juzgado de lo Penal número 21 de Madrid ha absuelto a un médico del Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Aluche, en Madrid, por la muerte el 19 de diciembre de 2011 en esas instalaciones de la migrante congoleña Samba Martine, portadora de VIH, al estimar que no cometió delito de homicidio por imprudencia.

El juez considera en la sentencia que sería "injusto" cargar al acusado "en exclusiva" con el fallecimiento de Samba Martine y señala el peso "muy relevante" que tuvieron las "omisiones" de otras personas (fue atendida por varios días por distintos médicos y enfermeras) y las "deficiencias burocráticas".

Samba Martine falleció el 19 de diciembre de 2011 por una infección pulmonar, mortal en personas enfermas de SIDA. Al CIE de Aluche llegó un 19 de noviembre tras ser trasladada desde el CETI de Melilla.

La sentencia señala que "no es entendible" que el informe del CETI de Melilla donde se hacía constar que la mujer era portadora de VIH, se realizara el 20 de septiembre de 2011 y que sus resultados en cambio no se conocieran hasta el 30 de noviembre de 2012, casi un año después de que hubiera fallecido la interna. Tampoco es "entendible", señala, que no hubiera una "coordinación de datos" entre los centros que "hubiera facilitado previsiblemente el ingreso hospitalario".

La Fiscalía no acusaba en este caso y en el juicio la acusación particular, ejercida por la familia de Samba Martine, pidió tres años y medio de prisión para el médico al estimar que su actuación provocó que la interna empeorase gravemente de la dolencia que padecía. Por su parte, la acusación popular, ejercida por la ONG Ferrocarril Clandestino, solicitó para el doctor dos años de cárcel.

Reconocimiento médico en el CIE de Aluche

El magistrado declara probado que Samba Martine fue internada en fecha indeterminada en el Centro de Estancia Temporal para Inmigrantes (CETI) de Melilla y el 20 de septiembre de 2011 se le efectuó un reconocimiento médico para verificar si era portadora del virus de inmunodeficiencia adquirida (VIH).

Añade que un Juzgado de Melilla autorizó su internamiento en el CIE de Aluche de Madrid y que el 12 de noviembre se le efectuó un reconocimiento médico en el que se señaló que su situación en ese momento era buena. La resolución agrega que sin embargo ese mismo día fue atendida por síntomas gripales y picazón en la región perianal por lo que le recetaron dos medicamentos.

En concreto, en esa fecha, se le prescribió a la interna un antifúngico al considerar que padecía una candidiasis, una enfermedad, que según señalaban los peritos de la acusación, es típica de personas con el sistema inmunológico deprimido. Sin embargo, señala la sentencia, no se hizo y tampoco se tomaron muestras de la paciente para confirmar una candidiasis, que "ahora mismo con las pruebas existentes, no es evidente en absoluto".  

De acuerdo con la sentencia, el acusado, como médico de atención primaria del CIE, vio por primera vez a la interna el 15 de noviembre, al acudir Samba Martine con cefaleas, síntomas gripales, tos y dolor torácico con roncos, ante lo que le recetó otros cuatro medicamentos. la última vez que el acusado vio a Samba Martine fue el 30 de noviembre y desde entonces fue atendida hasta siete veces más en distintos días con sintomatología diversa por varios médicos y enfermeras.

Investigación sobre el trato a los internos del centro

Añade que a la vista que persistía la cefalea el 19 de diciembre se decidió trasladarla a un hospital para descartar alguna enfermedad neurológica por lo que fue llevada en un coche policial al Hospital 12 de octubre de Madrid, donde fue atendida en urgencias y falleció al cabo de siete horas.

Por otra parte el juez hace constar "lo penoso y lamentable que resulta que el traslado al hospital se efectuase en un coche policial y no en una ambulancia a la vista del estado tan grave de la interna".

Las asociaciones SOS Racismo Madrid y Ferrocarril Clandestino denunciaban que Samba Martine murió en el hospital tras haber pasado 38 días enferma en el CIE sin recibir atención médica, pese a que la había solicitado, según aseguraban, hasta en once ocasiones.

A raíz del caso de Samba Martine, el CIE de Aluche ha sido objeto de denuncias sobre trato vejatorio y vulneraciones de derechos y se abrió un debate sobre las condiciones en que viven los internos de este tipo de instalaciones.

Precisamente, el pasado 30 de mayo, la juez titular del Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid, acordó el pasado 27 de mayo investigar el trato de la Policía a los internos de este centro al considerar que había indicios de "tortura" tras recibir varias quejas que denunciaban "trato vejatorio" a través de la ONG Observatorio de Derechos Humanos Samba Martine.

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