• El Supremo prohíbe a los padres usar la vivienda familiar si conviven en ella con su nueva pareja
  • El letrado asegura que en este caso o se vende la casa o el cónyuge que vive en ella la compra completa

El Supremo prohíbe a los padres usar la vivienda familiar si conviven en ella con su nueva pareja

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El abogado del hombre al que el Tribunal Supremo dio la razón la pasada semana al establecer que, en caso de divorcio, un padre o una madre que viva con sus hijos en la vivienda familiar en régimen de gananciales perderá el derecho a disfrutar del uso de la casa si empieza a convivir con ella con una nueva pareja ha calificado la sentencia de "histórica" y ha asegurado que "va a ser útil para miles de personas".

En declaraciones a Efe Televisión, el letrado Felipe Mateo asegura que la decisión del alto tribunal, que confirma una sentencia anterior de la Audiencia Provincial de Valladolid que recurrió la exmujer de su cliente, "siembra la línea a seguir, es la luz al final del túnel y desde luego es de esperar muchas demandas".

"Estamos ante un caso histórico", ha dicho Felipe Mateo, que ha destacado que esta sentencia tiene varias cosas importantes: "La primera es que nunca antes se habría pronunciado el Tribunal Supremo sobre esta materia, la segunda es que sienta precedente y la más importante de todas es que va a ser útil, va a servir a miles de personas".

Ha recordado que en el año 2014 cuando su cliente se divorció le dieron la guarda y custodia de los niños a la mujer y le atribuyeron a ella el uso de la vivienda. Ha añadido que tiempo después la mujer "rehízo su vida y se fue a vivir allí su nueva pareja y ante esta situación lo que se solicitó es la extinción de la atribución del uso de la vivienda porque entendíamos que no había obligación de mantener a la nueva pareja".

Derecho a rehacer su vida sin perjuicio para el tercero

El abogado ha recalcado que el Supremo ha dicho que "las personas que tienen atribuido el uso de la vivienda tienen derecho a rehacer su vida y a tener nueva pareja pero sin que ello suponga un perjuicio para un tercero, en este caso el exmarido".

Ha apuntado que "lo que ha dicho también es que cuando entra un tercero en la vivienda esa vivienda deja de ser familiar porque lo que se forma realmente es una nueva familia".

"La pensión de alimentos se mantiene y lo único que va a pasar en este caso es que la mujer compre la mitad de la vivienda a mi cliente o que se venda, se repartan el dinero y cada uno por su lado", ha explicado.

Además, "en el caso de esta nueva pareja ella trabaja, su nueva pareja trabaja y para ir a vivir a esa casa él vendió la vivienda que tenía, con lo cual tienen recursos más que suficientes para comprar la mitad de la vivienda o comprarse otro piso".

"Los niños no se van a quedar en la calle, esto es obvio, y además en Derecho de familia cada caso es un mundo, hay que estudiar caso por caso y si se ve que los niños corren peligro de quedarse en la calle desde luego no se va a acordar esta medida", ha manifestado.

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